De
las declaraciones presentadas, más de 88 por ciento tienen un saldo a favor,
mismos que han solicitado en devolución o compensado contra otros impuestos.
A
la fecha se han autorizado devoluciones por 3 mil 998 millones de pesos.
Este
año se está utilizando la información de las facturas que solicitaron o
expidieron los contribuyentes para ofrecer una declaración prellenada, con los
ingresos y deducciones
personales,
que solo tiene que revisar, aceptar y enviar.
El
SAT reconoce que se han identificado casos con inconsistencias en el timbrado,
como captura errónea de conceptos de jubilación, separación e indemnización y
errores en el llenado.
La
autoridad fiscal trabaja con los patrones para que esas inconsistencias queden
corregidas y sus trabajadores vean la información actualizada en la
declaración.
Si
al realizar la declaración, el contribuyente identifica diferencias, le
sugerimos solicitar revisarlas con su patrón y modificar en la aplicación los
datos de su declaración.
Las
personas físicas obligadas a presentar Declaración Anual son quienes tuvieron
ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento,
intereses, dividendos, enajenación o adquisición de bienes, por salarios de dos
o más patrones, o por salarios más otros ingresos.
La
fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración es
el 30 de abril. En general, los asalariados que percibieron ingresos de un solo
patrón y además tuvieron ingresos por intereses menores de 20 mil pesos al año,
pueden optar por no declarar o declarar en cualquier momento. El detalle se
puede consultar en el portal del SAT.