Los estados y municipios podrán pagar adeudos de cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por la aprobación de las comisiones de Seguridad Social y de Estudios Legislativos Segunda del dictamen que permite la incorporación de bienes inmuebles al patrimonio de la institución.
Se reformó y adicionó el artículo 253 de la Ley del Seguro Social para que el IMSS reciba bienes inmuebles que las entidades federativas, los municipios y los organismos descentralizados con la finalidad de pagar cuotas obrero-patronales, ya sea para saldar adeudos o cubrir obligaciones a su cargo, siempre que estos bienes inmuebles resulten funcionales para cumplir con las facultades y atribuciones del Instituto.
En el documento, los y las senadoras coincidieron en que hay muchas necesidades de crecimiento de la infraestructura del IMSS, porque existe un rezago que afecta en muchas ocasiones la calidad del servicio. Sin embargo, en el proyecto se deja claro que no podrán aceptarse los inmuebles como pago de las cuotas correspondientes al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
En el documento se precisa, entre otros puntos, que “en ningún caso la dación en pago o el pago en especie dará derecho a la devolución de importe alguno en efectivo, a favor del ente público”.
Durante el presente sexenio la inversión en obra física y equipamiento alcanza los 58 mil 749 millones de pesos. Se han sustituido más de 14 mil camas de hospital, adquirido cerca de 2 mil 500 ventiladores, 369 máquinas de anestesia, 260 mastógrafos, 60 tomógrafos, 16 resonancias magnéticas y 14 angiógrafos.
En cuanto a la atención primaria a la salud se han puesto en marcha 20 Unidades de Medicina Familiar (UMF) nuevas y de sustitución; de 2019 a 2023 se han invertido 38 mil 777 millones de pesos en acciones de conservación y mantenimiento de unidades, señaló el director general del IMSS ante diputados a finales del año pasado.
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