Cambios para arrendadores en CDMX: tope al incremento de rentas
El 28 de agosto de 2024, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México una reforma al Código Civil del Distrito Federal, impactando directamente a los arrendadores. Estas modificaciones al Artículo 2448 D y la adición de párrafos al 2448 F establecen nuevas regulaciones sobre el tope al incremento de rentas y el registro obligatorio de contratos de arrendamiento.
Tope al Incremento de la renta ajustado a la inflación
La reforma establece que el incremento de rentas para los contratos de arrendamiento en la Ciudad de México no podrá superar la inflación anual reportada por el Banco de México. Esto significa que los propietarios deberán revisar cuidadosamente los índices inflacionarios para garantizar que cualquier aumento sea acorde a la ley, evitando así posibles sanciones.
Registro digital obligatorio para arrendadores
Otra novedad relevante es la creación de un registro digital de contratos de arrendamiento. A partir de la entrada en vigor de la reforma, los arrendadores deberán registrar todos los contratos en un plazo no mayor a 30 días desde su firma. Este registro estará bajo la administración del Gobierno de la Ciudad de México y protegido por las leyes de transparencia y protección de datos personales.
El registro no podrá ser divulgado públicamente, excepto por resolución judicial. Esto ofrece una mayor protección tanto para los arrendadores como para los inquilinos, brindando un marco legal sólido para la seguridad de los contratos.
Plazos de cumplimiento
El registro digital deberá realizarse dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma. Además, los contratos de arrendamiento que ya estén vigentes deberán registrarse en un plazo máximo de 90 días.
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