Deducciones para personas físicas

abril 11, 2023

Las personas físicas con actividades empresariales obligadas a la declaración fiscal por 2022 y quienes buscan recuperar los gastos realizados en cuestiones médicas, colegiaturas, funerarias, entre otras, pueden hacerlo en este mes de Abril, en el que se presenta la declaración anual.

Las personas físicas que se encuentran obligadas a presentar su declaración son las que tienen actividad empresarial, quienes obtuvieron ingresos de 2 o más fuentes durante el 2022, es decir, más de un patrón o patrones simultáneos y quienes obtuvieron por sueldo más de 400 mil pesos brutos durante el año.

También se puede acudir a la declaración fiscal de manera voluntaria por la deducción de conceptos personales para quienes son asalariados.

Las deducciones que pueden presentar son:

  • Intereses hipotecarios reales.
  • Colegiatura

    • Preescolar, hasta $14,200 (por cada hijo)
    • Primaria, hasta 12,900 (por cada hijo)
    • Secundaria, hasta $19,900 (por cada hijo)
    • Bachillerato, hasta $24,500 (por cada hijo)

  • Gastos hospitalarios, médicos, psicológicos, nutriólogos y gastos funerarios, siempre y cuando se facturen y NO se paguen en efectivo.
  • Aportaciones voluntarias a la AFORE, incluso si fueron descontadas de la nómina.

La fecha para presentar la declaración anual del ejercicio fiscal 2022 vence el próximo 02 de Mayo.


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