Prima de riesgo y obligaciones fiscales en febrero 2025
La tranquilidad fiscal® de una PyMe o un empresario independiente, depende del correcto cumplimiento de tus obligaciones fiscales. En febrero de 2025, hay varios compromisos importantes, como la prima de riesgo y otras obligaciones fiscales, que debes atender para evitar sanciones y tener en orden tu negocio.
Declaración Anual de Donatarias Autorizadas – 15 de febrero.
Las donatarias autorizadas deben presentar su declaración anual ante el SAT a más tardar el 15 de febrero. En este informe se deben incluir:
- Ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal.
- Erogaciones efectuadas en el mismo periodo.
Este reporte es fundamental para mantener la autorización como donataria y cumplir con la normativa fiscal aplicable.
Pagos provisionales de ISR, IVA, IEPS y retenciones – 17 de febrero.
Las empresas y contribuyentes que efectúan pagos a trabajadores, proveedores o personas físicas están obligadas a presentar sus pagos provisionales del mes de enero 2025 antes del 17 de febrero.
Los impuestos a reportar incluyen:
- Impuesto sobre la Renta (ISR).
- Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
- Retenciones de IVA e ISR por pagos a terceros.
Realizar estos pagos en tiempo y forma evita recargos, multas y auditorías por parte del SAT.
Pago de cuotas del IMSS e Infonavit – 17 de febrero.
Las contribuciones de seguridad social deben cubrirse antes del 17 de cada mes e incluyen:
- Cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Cumplir con esta obligación garantiza la seguridad social de los empleados y evita sanciones para la empresa.
Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) – 28 de febrero.
La DIOT debe presentarse antes del 28 de febrero y es obligatoria para:
- Personas morales y físicas que realicen operaciones con proveedores sujetos a retención de IVA.
Este informe permite al SAT fiscalizar correctamente las retenciones y pagos de impuestos.
Presentación de la prima de riesgo de trabajo – 28 de febrero.
Las empresas registradas en el IMSS deben actualizar su Prima de Riesgo de Trabajo antes del 28 de febrero. Este cálculo es fundamental para determinar el monto de las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo, basado en la siniestralidad laboral del año anterior.
¿Quiénes están obligados a presentar la actualización?
- Empresas que hayan tenido cambios en su siniestralidad laboral.
- Empresas sin cambios pueden mantener la misma prima sin necesidad de actualización.
Beneficios de actualizar la prima de riesgo
- Pago de una cuota justa según la siniestralidad.
- Cumplimiento con el IMSS y reducción de riesgos legales.
- Mejora en la gestión y control de riesgos en el centro de trabajo.
Consecuencias del incumplimiento
- Multas de entre 20 y 210 veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización), según el Artículo 304-A de la Ley del Seguro Social.
- Posibles auditorías y requerimientos del IMSS.
- Recargos y actualizaciones en cuotas obrero-patronales.
Cumplir con estas obligaciones es clave para evitar sanciones y garantizar la protección de los trabajadores ante riesgos laborales.
El cumplimiento puntual de estas obligaciones fiscales y de seguridad social evita problemas legales y financieros. Es recomendable llevar un control riguroso de las fechas límite y apoyarse en herramientas contables o asesores especializados para cumplir con cada requisito.
El SAT no congela cuentas bancarias sin razón, pero sí tiene el poder de hacerlo cuando detecta irregularidades.
Revisa constantemente tu situación fiscal, mantén una comunicación cercana con tu contador y no dejes pasar las notificaciones del SAT. Si llega a surgir un problema, actúa rápido y busca soluciones.
Asesórate con un contador de confianza. No dejes las cosas para el último momento.
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