Estímulos fiscales en IVA e ISR para Tehuantepec

junio 6, 2023

Los estímulos fiscales en Impuesto Sobre la Renta (ISR) y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los 6 polos de desarrollo que se encuentran en el Corredor Interoceánico del Istmo fueron publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)

Los contribuyentes que obtengan la constancia podrán aplicar durante 6 ejercicios fiscales la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los Polos de Desarrollo para el Bienestar para realizar sus actividades económicas productivas, en lugar de aplicar los por cientos máximos autorizados a que se refieren los artículos 34, 35, 104 o 209, apartados B y C, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según corresponda. Se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.

Para el pago del ISR se contempla un crédito fiscal equivalente al 100 por ciento del Impuesto Sobre la Renta causado, durante tres ejercicios fiscales contados a partir de aquel en el que los contribuyentes obtengan la constancia y será al 50 por ciento del ISR en los 3 ejercicios fiscales subsecuentes, o de hasta el equivalente al 90 por ciento en el caso de que se superen los niveles mínimos de empleo, en los términos de los lineamientos de este decreto.

Se estableció un crédito fiscal al 100 por ciento en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deba pagarse por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y será acreditable contra el impuesto que deba pagarse por las citadas actividades.

El estímulo fiscal a que se refiere este artículo solo será procedente mientras no se traslade al adquirente de los bienes o servicios mencionados cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado y, en tanto, los bienes, servicios o el uso o goce temporal de bienes sean utilizados y aprovechados por los adquirentes en la realización de sus actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar.

Los estímulos no son acumulables y no tendrán efectos para devoluciones.

Las actividades productivas prioritarias y potenciales son: eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias), maquinaria y equipo, tecnologías de la información y la comunicación, metales y petroquímica, entre otras.

Los acuerdos por los que se emiten las Declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar: Coatzacoalcos I, Coatzacoalcos II, Salina Cruz, San Blas Atempa, San Juan Evangelista y Texistepec.


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