Prórroga en delaración de personas morales: IMCP

marzo 23, 2023

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) confía en que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplíe de una manera “razonable” el plazo para la presentación de la declaración anual 2022.

La presidenta del IMCP, Laura Grajeda Trejo, en su conferencia de prensa mensual informó que solicitaron una fecha de prórroga, “no pusimos una fecha, la autoridad quien tiene los datos estadísticos, sea quien mida cuál es el tiempo para que el aplicativo ya no se siga actualizando, que no esté intermitente, que funcione las 24 horas para que los contadores y los contribuyentes puedan avanzar en la presentación”.

Grajeda Trejo indicó que se en colegios confederados se reportan “retrasos, incertidumbre, temor de no alcanzar ha lograr el llenado de la declaración porque uno de los principales temas es que capturan la información, la guardan, regresan para seguir complementado la información, se borra y hay que reiniciar nuevamente”.

La presidenta del IMCP enfatizó que “vemos conveniente que la autoridad otorgue un plazo razonable para que no exista una ejecución de multas, inicio de facultades de revisión, de cancelación de sellos”, en abono a la certidumbre del contribuyente.

Apuntó que entre los avances que tiene la plataforma del SAT es la información comparativa 2021 y 2022, y al “tener un llenado en la declaración anual con un error puede generar un dolor de cabeza importante para el contribuyente”, advirtió la CPC Grajeda Trejo.

Otra cuestión importante en el aplicativo de la declaración anual 2022, es la adición en un nuevo ícono denominado “notas”, para cada cuenta maestra de cada uno de los cuatro estados financieros.

Señaló que en el documento “Guía de llenado Estados financieros básicos y la conciliación contable-fiscal” emitida por el SAT para la Declaración Anual de personas morales Régimen General y para RESICO, contempla que “en cada cuenta contable puedes realizar aclaraciones o precisiones al dar clic en el ícono de ‘Notas’”.

Acotó que se puede concluir que su llenado es de carácter opcional, sin embargo, resulta necesario que la autoridad así lo dé a conocer y especifique qué tipo o alcance de información es la que se podría incluir en estas notas. De igual manera, se ha presentado formalmente al SAT esta solicitud, por medio de la Comisión Nacional de Síndicos del IMCP, concluyó Grajeda Trejo.


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