Publican estímulos por Otis

octubre 31, 2023

Se publicaron estímulos fiscales en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la reconstrucción y reposición de bienes materiales en las zonas afectadas por el huracán Otis, en el estado de Guerrero, así como diversas disposiciones en declaraciones que apoyarán a los contribuyentes.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dispuso que las inversiones realizadas en la reconstrucción de los bienes inmuebles, así como algunos activos se podrán deducir al 100 por ciento, siempre y cuando se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas y sean destinados para reposición, reconstrucción o rehabilitación.

Especificó que los contribuyentes que cuenten con seguros contra daños sobre los bienes de activo fijo que sean declarados como pérdida parcial o total debido al huracán Otis, únicamente podrán aplicar el estímulo fiscal, sobre el monto de las cantidades adicionales a las que, en su caso, se recuperen por concepto de pago de las indemnizaciones de seguros y que sean invertidas en bienes de activo fijo.

Las retenciones del ISR de los trabajadores de los meses Octubre, Noviembre y Diciembre se deberán de pagar en los meses Enero, Febrero y Marzo. Una situación similar se presenta en el pago del IVA y el IEPS, los que se deberán de enterar en los meses que integran el primer trimestre de 2024 sin actualizaciones, recargos o multas.

En el acumulado a septiembre, la recaudación tributaria aumentó 9.1 por ciento real anual, el mayor aumento desde 2016. Esto se debió al desempeño del ISR, el cual hiló cuatro años consecutivos de crecimiento derivado del buen desempeño de la actividad económica, el empleo, los mayores salarios y las utilidades de las empresas.

Las solicitudes de devolución del IVA presentadas hasta el mes de Diciembre de 2023 por los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas con saldos a favor generados con antelación al mes citado, se tramitarán en la mitad del plazo establecido en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación.


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