Verificar cuenta clabe no es obligación del SAT

julio 26, 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no está obligado a verificar que la cuenta Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE) de un contribuyente sea propia para recibir la devolución del Impuesto Sobre la Renta (ISR), resolvió la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La sala del máximo tribunal de justicia resolvió una contradicción de criterios entre Tribunales Colegiados de Circuito, en la cual debía determinarse si la autoridad fiscal está obligada o no a verificar la cuenta CLABE proporcionada por el contribuyente, cuando realiza una solicitud de devolución automática de saldo a favor del ISR.

La sala destacó que las declaraciones pueden presentarse mediante el uso de las firmas electrónicas avanzadas, las cuales sustituyen a la firma autógrafa y tienen el mismo valor probatorio. 

Además, la cuenta CLABE que el declarante proporcione es la que reconoce como propia y autoriza al SAT para efectuar en ella el depósito de la devolución respectiva, sin que el nombre del titular de la cuenta forme parte de la información que debe otorgarse.

Destacó que el hecho de que el contribuyente sea una persona diversa a la que es titular de esa cuenta, no es uno de los errores previstos en la legislación fiscal, que ameriten un requerimiento de la autoridad para que el contribuyente haga aclaraciones.

Contradicción de criterios 327/2023. Tesis de jurisprudencia 2a./J. 48/2024 (11a.). Ponente: Ministro Luis María Aguilar Morales. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de 8 de mayo de 2024. Registro digital: 2028937. https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2028937.


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